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Aprueban Ley de Aviación Civil de la República Dominicana

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El Senado de la República aprobó este martes a unanimidad, en segunda lectura, el proyecto que introduce modificaciones a la Ley número 491-06 de Aviación Civil de la República Dominicana, que data de 2006.

Este proyecto fue depositado por el presidente Luis Abinader en el Senado y busca modificar la actual legislación, para incluirle decenas de nuevas consecuencias para quienes cometan faltas en el ejercicio de la operación aérea.

La pieza logró los 20 votos de igual cantidad de senadores presentes.

Regulación drones en el país

El proyecto incluye una regulación para los drones y sus manejadores, quienes, a partir de la promulgación de la ley, deberán contar con una licencia o certificado para utilizar estos dispositivos. Hasta la fecha, la regulación de los drones estaba contenida en las normas del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC), pero sin ninguna ley que regulara el tema.

Los operadores de drones deberán pagar desde RD$25,000 hasta RD$500,000 si cometen infracciones leves, como no reportar por escrito una emergencia en pleno vuelo o no asegurarse de que haya energía suficiente para que el dron se mantenga en vuelo.

Además, los operadores de drones podrían pagar una multa de hasta un millón de pesos, si el dron obstruye o desvía el objetivo de cualquier inspección o investigación.

También deberá pagar la millonaria multa si no cumple con cualquier requisito de mantenimiento de aeronavegabilidad, declarado como obligatorio por el fabricante del equipo.

Asimismo, serán consideradas como infracciones la manipulación del dron con mando a distancia de dos personas a la vez; iniciar un vuelo sin designar previamente a un piloto; no asegurarse de que el dron no represente algún peligro para otras personas o aeronaves cercanas; operar un dron desde un vehículo en movimiento o manejarlo durante la noche sin previo permiso del IDAC.

Otras infracciones que podrían acarrear multas millonarias y hasta la cancelación del permiso para volar, según el proyecto de ley, son operar una nave con una visión que no sea ayudada por otro dispositivo, manejar un dron sobre una persona, conducirlo a más de 100 millas por hora y no ceder el paso a otras aeronaves.

Otro artículo de la pieza incluye multas por hasta tres millones de pesos, si se cometen al menos 23 irregularidades contenidas en el proyecto y que incluyen manejar un dron en una zona prohibida; presentar un registro falso o fraudulento para demostrar el cumplimiento de los requisitos; la falsificación de la tarjeta del dron; el no poseer una licencia o certificado que habilite al operador como piloto y controlar el dron sin la supervisión directa de un piloto de mando a distancia.

La pieza pasa ahora a la Cámara de Diputados, donde deberá agotar un proceso de dos lecturas, de ser aprobada, se va al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.

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