abril 25, 2026

Señales de tránsito en República Dominicana: ¿quién puede colocarlas?

 Señales de tránsito en República Dominicana: ¿quién puede colocarlas?

¿Quién puede poner señales de tránsito en República Dominicana?

En República Dominicana, solo el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) y los ayuntamientos están autorizados para colocar señales de tránsito en la vía pública, según la Ley 63-17. Esto incluye letreros como "PARE", "No estacione" o "No doble en U". Si alguien más instala señales oficiales sin permiso, puede enfrentarse a multas y otras sanciones.

Aunque estas señales se venden libremente en ferreterías y otros comercios, su simple venta no las hace legales para uso en espacios públicos. El Intrant aclara que la legalidad depende del lugar donde se coloquen y si cumplen con los estándares técnicos establecidos, como forma, tamaño, colores y ubicación.

Los particulares pueden poner avisos o letreros dentro de sus propiedades privadas, pero no pueden instalar señales oficiales en las calles o avenidas sin autorización. Además, está prohibido alterar, dañar o tapar señales oficiales ya instaladas, ya que esto puede poner en peligro la seguridad vial y conlleva sanciones.

En resumen, solo las autoridades competentes pueden regular el tránsito mediante señales oficiales. Los ciudadanos pueden tener letreros en sus propiedades, pero no tienen derecho a imponer reglas de tránsito en la vía pública sin permiso.